Cómo calcular el tipo impositivo marginal
Contribuyentes residentes en el extranjero (art. 66 Ley). Los españoles que tengan su residencia habitual en el extranjero y que, sin embargo, sean contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por concurrir alguna de las circunstancias a que se refieren el apartado 2 del artículo 8 y el apartado 1 del artículo 10 de la Ley del Impuesto, no pueden considerarse